El Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria, del Consejo de Derechos Humanos de ONU declaró como «arbitraria» la detención del periodista Roland Carreño, quien el pasado 26 de octubre cumplió dos años preso en el Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin) de El Helicoide, en Caracas.
El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP) destacó en sus redes sociales los puntos más importantes de dicha declaración, entre ellos, que alertaron que «el encarcelamiento es una práctica sistemática en Venezuela» y considera que «se ha violado la presunción de inocencia en el caso de Roland Carreño, un derecho protegido por la Declaración Universal y en el Pacto, además del Principio 32 del Conjunto de Principios para la Protección de personas sometidas a prisión».
Destacaron que «el video de la supuesta confesión, transmitido en televisión nacional, aumentó el riesgo de causar la impresión de que el acusado es un criminal, sin haber antes valorado los méritos del caso a través de un juicio que respete las garantías del debido proceso».
Este Grupo de Trabajo dijo que está convencido de que «la detención de Carreño resulta del ejercicio de sus derechos fundamentales, como la libertad de asociación y participación política, protegidos por la Declaración Universal en sus artículos 20 y 21 y por el Pacto en sus artículos 22 y 25″.
«La detención de Roland Carreño resulta arbitraria por haberle negado, además de la presunción de inocencia, el derecho a ser juzgado por un tribunal independiente. El juez que lo procesa no tiene nombramiento definitivo, estable y garantizado», concluyó.
Entre otras aseveraciones, dicen que están convencidos de que «la detención de Carreño se debe a su pertenencia y liderazgo en un partido político de oposición. Al reconocerlo públicamente el entonces Ministro de Comunicación, anuló la posibilidad de que sea juzgado con independencia».
También considera que «vistas las circunstancias, el remedio adecuado es poner a Roland Carreño inmediatamente en libertad y concederle el derecho a obtener una indemnización y otros tipos de reparación, de conformidad con el derecho internacional».