El Tribunal Constitucional (TC) de Perú ordenó al Congreso anular el proceso de denuncia constitucional contra el presidente Pedro Castillo que plantea inhabilitar al mandatario por cinco años por «traición a la patria» al haber declarado que su país podría facilitar una salida al mar para Bolivia.
A través de una resolución difundida este martes, el TC declaró fundada la demanda de «habeas corpus» que presentó el mandatario contra la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Parlamento, que aprobó la denuncia por traición a la patria contra Castillo.
El alto tribunal votó a favor de los cuestionamientos planteados por la defensa legal del gobernante al considerar, entre otros motivos, que el informe final que plantea la inhabilitación de Castillo «no es acorde con parámetros de racionabilidad» y «vulnera el principio de interdicción de la arbitrariedad e incumple con la debida motivación».
En la resolución, el tribunal advierte que, de prosperar la acusación constitucional contra el mandatario, «existe la posibilidad que, en el marco de un proceso penal, se adopte alguna decisión que incida en la libertad personal».
Además, sostienen que dicho informe «no hace referencia a los hechos específicos que, a consideración de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, sustentan la atribución de las infracciones constitucionales y el delito de traición a la patria».
En ese sentido, el tribunal defiende que, incluso en la etapa preliminar en la que se encuentra el proceso de acusación constitucional, «resulta indispensable» que el grupo parlamentario «precise de manera prolija cuáles hechos sustentan la procedencia de la denuncia».
«En el informe final no se hace referencia a algún elemento objetivo que permita concluir que se ha dado inicio a la ejecución de alguna conducta, siquiera en estado preparatorio, que materialice alguna clase de entrega o cesión del territorio nacional», se lee en el documento.
Agrega que «no hay nada en el informe que permita determinar» que Castillo haya quebrantado la obligación de ejercer sus competencias y atribuciones, como presidente, de representar al Estado peruano y dirigir la política exterior y sus relaciones internacionales.
«Por estos motivos, los fundamentos orientados a sustentar las supuestas infracciones constitucionales (…) planteadas en el informe final carecen de una debida motivación y, por ende, resultan inconstitucionales».