En la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 6.668 de fecha 16 de diciembre de 2021 apareció publicada la reforma del decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Registros y del Notarías de 2014, aprobada por la Asamblea Nacional chavista en sesión celebrada el pasado 14 de octubre de 2021.
La ONG Acceso a la Justicia indicó en sus redes sociales que la reforma incorpora ocho modificaciones al Decreto Ley de Registros y del Notariado de 2014, que además de cambiarle el título por “Ley de Registros y Notarías”, establece el uso del petro como unidad de cuenta en el pago de las tasas.
«En la misma se adopta un sistema de tasas basado en límites máximos expresados en petro indicados en los artículos 29, 83, 84, 85, 86, 87 y 88″, indica y agrega que «esos importes se pagarán en bolívares al valor del petro vigente a la fecha de la solicitud».
Señala que esta reforma «establece que el Ejecutivo Nacional estará facultado para fijar el importe de las tasas en los supuestos establecidos en las mencionadas normas de la Ley, oída la opinión de la AN, dentro de 15 días siguientes a la publicación en Gaceta Oficial».
«Se advierte que los artículos de la ley que establecen el pago de impuestos en Unidades Tributarias no fueron sustituidos por el uso del petro, una situación curiosa e incluso hasta anómala si el legislador pretendía uniformar las UT por la criptomoneda», recalca Acceso a la Justicia.
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— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) January 5, 2022