Luego del escándalo por el discurso de odio contra las personas LGBTI pronunciado por el secretario de la Universidad de Carabobo (UC), Pablo Aure, ante un grupo de adolescentes, la organización no gubernamental Aula Abierta advirtió que la libertad académica no ampara la discriminación.
«Cualquier discurso discriminatorio que invisibilice, estigmatice o excluya en los centros de educación a las personas LGBTQI es contrario a la dignidad humana y los derechos humanos, amenazando, entre otros la libertad académica y la protección contra la discriminación y la violencia por motivos de identidad de género y el derecho a la libre expresión de la identidad de género», advirtió la ONG en un comunicado.
Aula Abierta consideró que los dichos de Aure «podrían promover situaciones de discriminación en contra de personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, queer e intersexuales».
Ante esto, la organización recomendó incluir un módulo sobre diversidad e inclusión en el Programa Regional de Información y Orientación Vocacional (PRIOV) que desarrolla la Secretaria de la UC.
Además, llamó la atención sobre la necesidad de implementar protocolos institucionales contra la violencia de género dentro de las universidades venezolanas, que ya han sido adoptadas otras universidades del mundo como Harvard, Columbia y Oxford.
La organización recordó que la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que “toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral” y dispone el derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación alguna, incluyendo la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género.
«Las personas trans tienen derecho a la libre expresión de su identidad de género y a la protección contra la discriminación y la violencia por motivos de identidad de género.», destacó.
También la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha establecido que los Estados tienen la obligación de garantizar el derecho a la identidad de género y de adoptar medidas efectivas para eliminar la discriminación y la violencia contra las personas trans, e igualmente que las personas LGBTI tienen derecho a la protección contra la discriminación y la violencia, incluyendo el derecho a la protección de su derecho a formar una familia y el derecho a contraer matrimonio.
La propia Constitución venezolana en su artículo 23 regula el derecho al libre desenvolvimiento de la personalidad y en su artículo 21 dispone que no se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.
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